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Con la implantación de la última reforma de la ROTT (Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres) del Real Decreto 70/2019, la administración pública ha previsto novedades en el Plan de Inspección de Transporte para el presente 2020. A continuación te lo contamos toto.

NUEVO PLAN DE INSPECCIÓN DE TRANSPORTE PARA EL 2020


Para este año 2020 el Ministerio de Fomento ha informado que va a llevar a cabo una actuación coordinada con la Inspección de Trabajo y con la Agencia Tributaria con el objetivo de incrementar los controles que ya vienen haciendo a los transportistas, tanto en volumen como en amplitud de elementos de control, todo ello con el fin de comprobar que se cumple con lo previsto por parte de la última reforma de la ROTT (Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres) del   Real Decreto 70/2019.

Controles de carretera
Se seguirán solicitando los últimos 28 días de conducción con sus respectivas jornadas de conducción (descansos, horas de trabajo, horas otras actividades, ubicación principio y fin de la jornada, velocidad, etc.) si bien el conductor quedará obligado a justificar el cumplimiento de la legislación:
– Su afectación a la seguridad social (autónomo o cuenta ajena).- Permiso de conducción, tarjeta de conductor, CAP (todo en vigor y proporcionado con el vehículo conducido)- Periodos de inactividad, justificantes de incidencias y fallos en los archivos de conducción (certificado de taller, etc.). 
– Albaranes, CMR’s, cartas de porte (se está sancionando por no llevar correctamente cumplimentada la carta de porte).- Control de la vigencia de la ITV y del seguro de circulación.- Acreditación vinculación del conductor con la empresa (contrato laboral o nóminas, en caso de cooperativistas certificado expedido por la cooperativa con el reconocimiento de socio conductor).- Autorización de transporte (cabe recordar que la nueva tarjeta de transporte es un registro electrónico en la base de datos de Fomento, por lo que los agentes podrán comprobar en marcha sin necesidad de ningún comprobante físico).

Inspección de transporte
En las inspecciones de transporte enviadas a las empresas, autónomos y cooperativas de transporte, aparte de revisar los puntos detallados en los controles por carretera, se añaden otros parámetros, entre los cuales destacan:
– Solicitud de un período mínimo de 45 días, el cual no necesariamente tiene que coincidir con el último periodo sino que puede quedar comprendido en los últimos 4 años. Incluso y en los casos en los que la inspección detecte anomalías, puede solicitar un período de días superior a 45. Como novedad, algunas de las inspecciones que ya se están llevando a cabo son de 51 días en lugar de los habituales 45.- Nóminas o liquidaciones de los conductores o socios transportistas en caso de cooperativas. – Relación de los albaranes y CMR’s con la facturación al cliente final, por lo que todos los apuntes de la factura deberán quedar justificados con sus respectivas cartas de porte. Se revisarán las principales credenciales del viaje: origen, destino, fecha, precio, etc. – TC1 y TC2 de los conductores, o en caso de conductores autónomos y cooperativistas, los recibos de los autónomos pagados.- Vigencia y vinculación del gestor de transporte con la empresa o cooperativa.

Riesgo de pérdida de la autorización de transporte


Según lo previsto en la última reforma de la ROTT publicada el 20 de febrero de 2019 en el BOE, que hace referencia al Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, los transportistas podrán perder la autorización de transporte durante un año a consecuencia de la pérdida de honorabilidad si se cometen las infracciones descritas en el nuevo reglamento, de las cuales identificamos dos principales grupos:

– Pérdida directa de la autorización de transporte por la comisión de cualquiera delas 27 infracciones previstas en el Anexo 1. Esto significa que por la comisión por parte de un vehículo y/o conductor de solo una de las 27 infracciones que incluye este apartado significa la pérdida de la tarjeta de transporte de la empresa y del resto de vehículos por un periodo de un año, lo que a la práctica significa el cierre de la empresa. Asimismo, si se justifica no haber cometido otra infracción muy grave en los 365 días anteriores a la fecha de la infracción denunciada, podrá considerarse desproporcionada y la empresa podrá solicitar al órgano inspector la revisión de la medida. Señalar que las 27 infracciones más graves están relacionadas con las autorizaciones y los títulos habilitantes, pero también se incluye la manipulación del tacógrafo o limitador, que el conductor no tenga el CAP, excesos de peso superiores al 20% en vehículos de más de 12 toneladas de MMA y del 25% para los de más de 3,5 y hasta 12 toneladas, superar en un 50% los tiempos de conducción, que el vehículo no haya pasado la ITV o que circule sin ofrecer las suficientes condiciones de seguridad. 
– Por acumulación del resto de sanciones que no afectan al grupo anterior, sean estas calificadas como leves, graves o muy graves según el IRI. Con el IRI (Índice de Reiteración Infractora) se puede perder la honorabilidad cuando el índice es igual o superior a tres. Las infracciones muy graves tienen un valor de uno y las graves de un tercio, es decir, que tres graves hacen una muy grave. El índice se obtiene de dividir el número de infracciones cometidas entre el número de vehículos que ampara la autorización. Cuando el IRI es igual o superior a tres, se suspende la honorabilidad. Con cinco vehículos y 15 infracciones muy graves (15 dividido entre 5), el IRI sería igual a tres: anulación de la autorización. O con dos vehículos y 5 infracciones muy graves y 3 graves (5+1), el IRI sería igual a tres: anulación de la autorización.

Así pues, más que nunca, es importante llevar a cabo una actitud preventiva por parte de los conductores, así como una labor de control por parte de las empresas y cooperativas de transporte en relación a la actividad regulada por parte del sector a los efectos de no ser sancionado y conservar la autorización de transporte, licencia obligatoria para el ejercicio de la actividad. En caso de cualquier duda déjese asesorar por profesionales.